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ToggleContar con un seguro de comunidad de propietarios te permite ganar en tranquilidad ante el eventual surgimiento de roturas, desperfectos o, en el peor de los casos, de un siniestro. ¿Es obligatorio tenerlo? ¿Qué cubre exactamente? ¿Quién lo paga? Descubre estas y muchas más respuestas a continuación.
Es una póliza de seguros que cubre los gastos ocasionados por incendios, por el agua, por la electricidad, por robos y vandalismo, por la responsabilidad civil ante terceros y por los servicios de profesionales tales como albañiles, fontaneros, electricistas y otros.
La empresa constructora está obligada a responder por daños que el edificio pueda sufrir por causa de vicios o defectos que afecten la estructura y otros elementos de la construcción. El plazo de su responsabilidad se extiende entre uno y diez años, dependiendo del tipo de daño sufrido. Dicha obligación se encuentra recogida en el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
En conclusión, el seguro de comunidad de propietarios sirve para que, si tienes el infortunio de formar parte del millón de siniestros que afecta a las comunidades de vecinos en España anualmente, los cuales tienen un coste de casi cuatro millones de euros en total, no tengas que desembolsar una cantidad onerosa de dinero de tu propio bolsillo para recuperar la funcionalidad del lugar en el que vives.
Sin embargo, no es obligatorio por ley contar con un seguro de comunidad de propietarios. Si lo fuera, estaría contemplado en la Ley de Propiedad Horizontal, y no es así (excepto en Valencia y en Madrid). De todos modos, no contar con él te lleva a vivir en el desamparo económico si llegara a ocurrir un siniestro en tu hogar.
El seguro de responsabilidad civil es una de las coberturas más básicas en el seguro de una comunidad de propietarios y cubre los daños que puedan sufrir terceras persona o incluso los mismos propietarios de la comunidad asegurada, siempre y cuando la responsabilidad de dicho daño sea de la comunidad de vecinos que contrató el seguro.
Los aspectos que cubre son:
Debido a que no es obligatorio contratar un seguro, muchas personas se preguntan qué podría suceder si no lo adquirieran. ¿Son graves las consecuencias de prescindir de él? ¿Por qué debería considerar contratar uno?
Si como consecuencia de nuestra negligencia, de un descuido, de un desperfecto en nuestra vivienda o de la colocación imperfecta de ciertos accesorios, una tercera persona resultara dañada, fallecida o sus bienes fueran dañados, la suma de dinero que se nos puede reclamar por concepto de indemnización podría ser tan abultada como para representar varios años de trabajo.
Por más que la responsabilidad resulte compartida, el coste individual a pagar podría alcanzar las varias decenas de miles de euros. En caso de no contar con la suma a pagar, pasaríamos por el temido proceso de embargo para saldar la deuda con nuestra propiedad.
Para evitar una situación catastrófica para nuestra economía, existe el seguro de comunidades de vecinos. A cambio de una cuota mensual, nos veremos totalmente libres de responsabilidades civiles si alguien resultara dañado por causa de algo sucedido en el edificio en el que vivimos.
Es cada propietario de la comunidad vecinal el encargado de pagar la cuota correspondiente al seguro. La forma de aprobarse su contratación es mediante la junta de propietarios. En ella se expone el tipo de seguro que se pretende contratar y se procede a la votación.
Alcanza con obtener la mayoría simple para que la contratación se apruebe y todos los propietarios, incluidos aquellos que votaron en contra de la adquisición del seguro, deberán pagar las cuotas correspondientes.
Las personas que están autorizadas a contratar el seguro son el presidente de la comunidad y el administrador.
La posibilidad de que terceras personas resulten damnificadas por lo que ocurre dentro o a raíz de nuestra comunidad vecinal está latente en todo momento. Una maceta puede caer desde un balcón y dañar un vehículo o incluso causarle la muerte a una persona; es posible que un balcón entero caiga y provoque una catástrofe entre las personas que se encontraban circulando por la acera; el cartel de un local comercial puede caer sobre algo o sobre alguien; un incendio puede dañar edificios o casas aledañas y hasta las decisiones de la Junta Directiva puede ocasionar repercusiones negativas sobre terceras personas.
La responsabilidad civil por daños a terceros es la participación que una persona o un grupo de ellas tiene sobre un perjuicio de índole civil sobre otra persona.
El seguro de responsabilidad civil cubre ,entre otros, los siguientes aspectos:
Cuanto más completo sea el seguro de comunidad de propietarios que escojas, más protección adquirirás si tú o un tercero resulta dañado por desperfectos o accidentes en el edificio en el que resides.
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