Abogados Propiedad Horizontal Marbella
En nuestro despacho contamos con un excelente equipo de abogados expertos en Derecho de la Propiedad Horizontal, prestando orientación…
Rescindir contrato de alquiler por el arrendador: todos los contratos de alquiler incluyen una serie de pautas que tanto el arrendador como el arrendatario tienen que cumplir. Si todas las cláusulas son respetadas, no suele haber problemas, pero esto no siempre ocurre.
Transcurridos los seis primeros meses, el inquilino puede rescindir el contrato cuando quiera siempre que lo notifique con 30 días de antelación y sin necesidad de abonar una indemnización, salvo que se haya pactado en el contrato que sí deba hacerlo. Si lo hace antes los seis meses, deberá indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Pero también puede hacerlo si el propietario se niega a realizar las reparaciones de conservación necesarias o si se produce cualquier otro incumplimiento de lo estipulado por las partes en el contrato.
Pero ¿y en el caso del propietario? ¿En qué casos se puede rescindir el contrato de alquiler por el arrendador? A continuación, te explicamos en qué situaciones y de qué manera se puede hacer.
El dueño de la vivienda puede rescindir el contrato de arrendamiento por razones personales si necesita la casa para uso propio o de un familiar en primer grado. Eso sí, debe haber transcurrido al menos un año desde la firma del contrato siempre que se contemple en el contrato y que le sea notificado al arrendatario con dos meses de antelación como mínimo.
Otra de las situaciones en la que el arrendador tiene derecho a rescindir el contrato de alquiler son el impago de las rentas, de la fianza y de sus actualizaciones. La legislación actual no establece un periodo concreto, pero los expertos consideran que el impago de dos meses de renta de forma consecutiva o de tres de ellas en un mismo año de manera alternativa es motivo suficiente para dar por resuelto el contrato.
El propietario tiene la obligación de comunicar la deuda y el plazo para hacer frente a ella. Si el inquilino sigue sin pagar, el siguiente paso es interponer una demanda judicial.
Para aquellos contratos de alquiler en los que la vivienda vaya a ser la residencia permanente del arrendatario, el art. 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que solamente es legal subarrendar una vivienda de forma parcial y con el consentimiento escrito del propietario. Dicho consentimiento puede recogerse en el contrato de arrendamiento desde el primer momento o posteriormente adjuntando un anexo al mismo.
Si el inquilino subarrienda la vivienda sin el consentimiento del dueño, este puede rescindir el contrato y pedir al inquilino que abandone el inmueble, comunicándole que, si no lo hace, el contrato será resuelto a través de la vía judicial.
Si el inquilino lleva a cabo actividades nocivas, molestas, peligrosas o de índole ilegal , o no respeta las normas de convivencia, el arrendador también tiene derecho a rescindir el contrato. Cosa diferente es que sea sencillo ejecutarlo, y posiblemente habrá que acudir a los tribunales.
Si el arrendatario lleva a cabo obras, modificaciones o alteraciones en la vivienda sin permiso es motivo suficiente para dar por finalizado el contrato de alquiler.
A la hora de dar por terminado un contrato de alquiler es importante que se dé un acuerdo entre el inquilino y el dueño de que la relación ha finalizado. No obstante, también es importante que no haya existido un incumplimiento de las obligaciones ni por una parte ni por otra.
Se usa cuando el arrendador y el arrendatario desean rescindir el contrato de alquiler sin que haya habido ningún problema. El inquilino tiene la obligación de entregar las llaves y recibir la fianza, previa revisión de los posibles desperfectos, en el plazo de 30 días, y el arrendador no podrá efectuar ningún tipo de reclamación en el futuro.
Este tipo de acuerdo se emplea si el contrato finaliza, pero hay algunas obligaciones que no se han cumplido. De esta manera, ambos mantienen una relación legal hasta que todas las obligaciones se cumplan. El arrendador podrá descontar de la fianza los importes necesarios para sufragar las deudas que hayan quedado pendientes por parte del inquilino.
En nuestro despacho contamos con un excelente equipo de abogados expertos en Derecho de la Propiedad Horizontal, prestando orientación…
Empresa Desalojo Okupas: ¿Te han ocupado una casa? ¿Necesitas echar a unos okupas de tu propiedad? La invulnerabilidad de la vivienda es un derecho fundamental protegido en…
El contrato de compraventa de un inmueble es el documento en…
Esta semana ya nos han solicitado 45 presupuestos de casos legales
Y ya hemos resuelto 35 casos por la vía extra judicial y judicial