¿Necesitas asesoramiento legal con urgencia? Reserva una reunión ahora con nosotros (121€ IVA incluido)
Reservar reunión ahora

Abogados de vivienda en Albal

Artículos relacionados - Abogados de vivienda en Albal

  • Ley de Propiedad Horizontal: artículo 9

    El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal empieza así: «son obligaciones de cada propietario». Obligaciones que pueden hacer referencia a los elementos privativos y a los elementos comunes. Entre las primeras, se encuentran, por ejemplo, la prohibición de realizar cambios en los elementos arquitectónicos, servicios o instalaciones que alteren la seguridad del edificio, […]

  • Nueva ordenanza sobre cómo realizar obras en las comunidades de propietarios

    El pasado 2 de mayo se publicó en el BOE la Orden SND/385/2020, por la cual se modifica la Orden anterior SND/340/2020, que suspendía ciertas actividades vinculadas a las obras de intervención en los edificios existentes, en las que había riesgo de contagio por el coronavirus con las personas no relacionadas con ellas. Desde el 4 de mayo se permite la realización de obras en viviendas, locales y zonas no habitadas de los edificios, en las que no accedan las personas que residan o trabajen en ellos. Además, se autoriza el acceso de a las redes del inmueble y a las instalaciones de manera puntual, con la finalidad de que se lleven a cabo las conexiones a las mismas. Por regla general, desde la perspectiva de la comunidad de propietarios se requiere que la empresa encargada de las obras notifique sus normas y plan de trabajo en función de lo recogido en el BOE, previamente a la realización o continuación de cualquier tipo de obra en un edificio habitado. Dichas normas tienen que ser comunicadas a los dueños de la vivienda para evitar contactos entre los residentes del inmueble y los operarios de las obras.

  • Comunidad de propietarios: obligaciones, derechos y estatutos

    Comunidad de propietarios: ¿Sabías que el 80% de los españoles viven en pisos? Cuando vivimos en un edificio de pisos, todos estamos acostumbrados a usar la denominación de comunidad de propietarios, refiriéndonos con ello al conjunto de propietarios que son poseedores de algún bien dentro de la finca y que, al mismo tiempo, son copropietarios de otra serie de elementos comunes que comparten con el resto de integrantes, como las terrazas, los jardines, el ascensor, las escaleras y los pasillos.

¿Necesitas que te llamemos?¿Necesitas que te llamemos?

    Deja que un especialista de Vecindia se ponga en contacto contigo GRATIS.






    Sí, quiero recibir notificaciones comerciales sobre productos y/o servicios.