El contrato de arras es un acuerdo jurídico de carácter privado en el que se acuerda entregar una cantidad de dinero en concepto de señal para reservar el derecho de compraventa de un inmueble entre vendedor y comprador.
No existe ninguna cantidad estipulada en el Código Civil de manera oficial, sino que el porcentaje de la señal del contrato de arras será el que acuerden ambas partes. Eso sí, lo normal es que ronde entre el 5% y el 15% del precio total de la venta. Cantidad que debe pagarse en el momento de la firma como garantía, asegurándose así la identidad del destinatario final en todos los pagos realizados ante el propietario o vendedor. Por su puesto, lo que se pague como señal se descontará del precio total de la compra a la hora de formalizar el contrato de compraventa. Por eso, es importante que esta información queda reflejada en el contrato de arras.