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ToggleLey Propiedad Horizontal locales comerciales: en el presente asunto hablaremos de una resolución favorable a los intereses del propietario de un local. Trata sobre la urgente necesidad de abrir una ventana por el tema de la ventilación ya que queremos dar uso al inmueble como oficina, conforme a lo dispuesto en el art 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal que nos dice los siguiente: “Los propietarios pueden hacer cualquier tipo de modificación dentro de su propiedad siempre y cuando no altere los elementos comunes, arquitectónicos o instalaciones del edificio”. Señalaremos jurisprudencia en torno a las facultades de uso para los usuarios de locales.
En primer lugar debemos analizar la información física sobre el local que no cuenta con ninguna salida de ventilación que no sea la puerta de salida y entrada, como podemos apreciar en la jurisprudencia de nuestro alto Tribunal en este sentido es bastante clara, así se ha pronunciado el Tribunal Supremo, sección primera, en sentencia de 15 de diciembre de 2020, “a los efectos de determinar la conformidad a derecho de las obras de adecuación de los locales comerciales a los distintos fines de explotación susceptibles a ser destinados, lo que conduce a darles un tratamiento específico diferente del que merecen las obras ejecutadas en los pisos”. Respetando siempre lo que nos viene a decir nuestro art 7.1 como he dicho anteriormente que podrá modificar siempre y cuando no perjudique a los propietarios ni a la seguridad del edificio, de manera que queda acreditado por un informe pericial de la actora y de la testifical del arquitecto que dichas obras no afectarán a la estructura del inmueble y ambos estuvieron de acuerdo en la necesidad de recabar la previa autorización de la Comisión de Protección del Patrimonio Histórico Artístico y Natural (CPPHAN) Del Ayuntamiento de Madrid; Además de las pruebas practicadas también se evidencia que la estética seguida en las obras ejecutadas es acorde con el resto del inmueble.
La Jurisprudencia indica que ha de ser más flexible en cuanto a la alteración de elementos comunes por parte de los locales comerciales, debido a la necesidad de explotación económica de éstos.
Además es necesario que la estética seguida en las obras ejecutadas sea acorde con el resto del inmueble.
En segundo lugar, y partiendo del supuesto de que no existan estatutos en esta comunidad que limiten las actividades que en él se puedan llevar a cabo en este caso, los únicos límites para tener en cuenta son los recogidos en la Ley de Propiedad Horizontal. Los estatutos de una comunidad de vecinos pueden definirse como el documento mediante el cual los propietarios establecen las obligaciones y derechos, tanto de los dueños de las viviendas como de los locales que estén insertos en el inmueble. A menudo pueden confundirse con otros documentos relacionados con la propiedad horizontal, como pueden ser los títulos constitutivos.
Estos estatutos los podemos conseguir, solicitando una copia de los estatutos al presidente de la comunidad o al administrador de la finca. Y todos aquellos que formen parte de la comunidad tienen derecho a consultar esta información y por tanto estas personas no pueden negarse a darlas.
¿Se pueden modificar los estatutos? Si, para ello es necesario que se convoque una junta al efecto si el presidente lo considera conveniente o un propietario solicita que se incluya este asunto en un punto del orden del día. Para modificar Los Estatutos se debe tener el consentimiento unánime de todos los propietarios.
El incumplimiento de las normas estatutarias capacita a la comunidad de propietarios a entablar acciones judiciales contra aquella/s personas que no lo cumplan. Estos no pueden ir en contra de la Ley de Propiedad Horizontal sino complementarla.
Para finalizar debemos contar que estamos ante un proceso que puede ser costoso ya que tenemos delante unas obras y el asesoramiento que se regirá por la División Horizontal y la Ley de Propiedad Horizontal puesto que en esta comunidad no existían los estatutos comunitarios como ya hemos dicho anteriormente.
Autor: Pedro Corvo
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