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ToggleReclamación de deuda fondo buitre: Los conocidos popularmente como «fondos buitre» son sociedades constituidas para comprar deudas de empresas y entidades bancarias que están pasando por dificultades económicas a precios muy bajos para, posteriormente, presionar para cobrar la totalidad de la deuda en un periodo de corto o medio plazo, más los intereses que la misma haya generado durante el periodo de tiempo.
La cuestión es que tu banco puede vender tu deuda a un fondo buitre sin informarte de la transmisión. Gracias a ello, los bancos consiguen limpiar sus balances de deudas impagadas y obligan a sus clientes a negociar con fondos buitre. La venta de estas deudas supone muchas veces un descuento de más del 90% en préstamos personales y de entre un 60% y un 70% en préstamos hipotecarios por la venta de un lote. Sin embargo, los fondos buitre no ofrecen estas rebajas a los deudores.
Debido a ello, miles de familias se han visto perseguidas en los últimos años por los fondos buitre en nuestro país. Deudas vendidas con intereses abusivos y acosos telefónicos por impagos son sólo algunas de las consecuencias que impone negociar con ellos. Y es que estos fondos buitre contratan empresas dedicadas al recobro que usan métodos muy persuasivos para exigir los pagos que muchas veces rozan la ilegalidad.
Aunque pueda parecer imposible negociar con este tipo de Fondos, lo cierto es que muchas veces resulta más sencillo que hacerlo con un banco convencional. Y es que se trata de entidades que son capaces de negociar y de adaptarse mejor a las condiciones de los deudores y que suelen estar más dispuestas a negociar una dación en pago de una vivienda, ya que después suelen tener más facilidades para negociar las venta de la vivienda a un tercero.
Para negociar con ellos, lo más importante es empezar haciendo una propuesta razonable del pago de la deuda. Por lo general, los fondos buitre no están interesados en aplazar el pago, prefieren perder dinero porque lo que quieren es eliminar activos tóxicos y cancelar las deudas. Por esta razón, prefieren cobrar cuanto antes aunque sea poco antes que seguir con un crédito que no podrán cobrar seguramente en mucho tiempo.
Pero la legislación vigente también brinda posibilidades para salir de la insolvencia, con suspensión de intereses, plazos de 5 años para pagar, paralización de embargos y la cancelación del pasivo insatisfecho en 5 años (cancelación de las deudas impagadas). Estamos hablando de la Ley de la Segunda Oportunidad, a la que pueden acogerse estos deudores que no pueden hacer frente al pago si demuestran que no llegan a final de mes.
La Justicia entiende que las financieras y las entidades bancarias también son culpables de esta situación en la que actualmente se encuentran inmersas miles de familias españolas, por lo que si demuestras que no puedes vivir dignamente si pagas todas las deudas, podrás anularlas.
Las deudas con el fondo buitre prescriben, independientemente de si la deuda es con una persona o con una empresa. Esto quiere decir que, transcurrido un periodo de tiempo, aunque el deudor no haya pagado, esta queda cancelada. El plazo de prescripción de la deuda depende de la naturaleza de la deuda. En el Código Civil se establece que el plazo es de 5 años para deudas normales, pero si se trata de una deuda hipotecaria, el plazo de extiende hasta los 20 años, tal y como se recoge en el artículo 1.964.2 del Código Civil.
Eso sí, debes saber que para que se dé el requisito de prescripción de una deuda con un fondo buitre, el acreedor no puede haber llevado a cabo ninguna acción extrajudicial, ni judicial para exigir el pago de la deuda. De lo contrario, el plazo se ve interrumpido y empieza a contar desde cero.
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