Cómo saber el certificado energético de mi vivienda
En Vecindia contamos con un departamento experto en el…
Guía de contenidos
ToggleSi se aprueba en Junta y el acuerdo no es impugnado, es posible contar con la figura de un vocal censor de cuentas en una comunidad de vecinos, que puede ser nombrado entre los propietarios del inmueble. Una figura cuya función principal es pre-aprobar las cuentas, auditarlas y responder a las preguntas sobre los gastos que realice el resto de los propietarios.
En el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal se contemplan los distintos cargos que la comunidad debe nombrar de forma obligatoria, pero el censor de cuentas no es una figura obligada. Solamente son obligatorios el Presidente, el vicepresidente, el secretario y el administrador y sus funciones vienen ya establecidas en la propia legislación. Aunque sí puede recogerse en los Estatutos de la Comunidad y la manera en la que se realiza su elección.
En cualquier caso, es muy recomendable tenerlo, ya que esta persona tendría acceso a toda la contabilidad con facturas y documentos que certifiquen los ingresos y gastos, y, de esta forma, poder informar a los propietarios en Junta General sobre el uso que se está haciendo del dinero en la comunidad y velar porque todo sea legal. Pudiendo ser cualquier persona de la comunidad, ya que no se requiere de un asesor jurado para realizar la contabilidad de la misma. Cualquier persona con conocimientos y experiencia adecuada en el ámbito del funcionamiento de las comunidades de propietarios y en la aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal puede hacerse cargo.
No obstante, es la propia comunidad de propietarios la que debe establecer cuáles son las funciones concretas del censor de cuentas para que no se les pueda reclamar nada por desconocer cuáles son sus obligaciones y poder implicarse en el bien de la comunidad. Las funciones más habituales de un censor de cuentas de una comunidad de vecinos son las siguientes:
Aunque la Comunidad de Propietarios tenga contratado un administrador de fincas, este no tiene derecho a tomar decisiones por su cuenta ni a contratar empresas, sino que únicamente puede llevar a cabo las decisiones que se aprueben en la Comisión de Propietarios en su totalidad. El censor de cuentas actuaría entonces como vocal y se encargaría de comprobar que todo se está haciendo de manera legal y que el dinero se está invirtiendo correctamente en el bien de la comunidad.
Esta semana ya nos han solicitado 45 presupuestos de casos legales
Y ya hemos resuelto 35 casos por la vía extra judicial y judicial