Abogados Comunidades de Propietarios Martos
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Nuestro cliente, una comunidad de propietarios, pretendía proceder con la demolición de las obras realizadas en la terraza cubierta del inmueble por parte de un propietario, quien alegó que la terraza tenía uso privativo, que las obras eran de mantenimiento y conservación, y de reparación de filtraciones.
La comunidad quería reponer la terraza a su estado anterior, por tratarse de un elemento comunitario, haberse ejecutado sin el conocimiento ni el consentimiento de la comunidad de propietarios, y por tratarse de una alteración de elementos comunes no autorizada por la Comunidad de Propietarios. Los trabajos llevados a cabo consistían en el desmontaje del tablero superior e impermeabilización de la cubierta catalana.
Después de estudiar minuciosamente el asunto, y la documentación aportada por nuestro mandante, consideramos que las terrazas son elementos comunes por naturaleza y por ello, deben ser ejecutadas por la comunidad de propietarios. A mayor abundamiento, debemos recordar que esta clase de obras necesitan la obtención de un permiso cualificado por parte de la Comunidad de Propietarios, en este caso, unanimidad.
Únicamente si las mismas se hubiesen realizado para evitar una importante afectación a la habitabilidad y seguridad del edificio, y ante la inactividad de la Junta, el propietarios podría haberlas realizado por su cuenta, debiendo haber advertido previamente al presidente.
En vista de lo anterior, iniciamos acciones judiciales frente al propietario del inmueble, interponiendo la oportuna demanda de juicio ordinario frente a este; en aras de instar la demolición de la obra realizada en la terraza de su vivienda y reponer los elementos afectados a su estado anterior a cargo del propietario que instó las obras.
Con la única finalidad de probar lo expuesto, consideramos oportuno aportar un informe pericial donde constaran las obras realizadas en el elemento común. A continuación, citamos los preceptos de la Ley de Propiedad Horizontal infringidos y aportamos toda la jurisprudencia acreditando:
Esta parte logró la estimación de su pretensión, logrando que el tribunal acordara la demolición de la obra realizada en la terraza del inmueble y que afectaba a la cubierta original consistente, al suponer la supresión del tablero de cubierta original, y la consecuente eliminación de la continuidad de la cámara de aire de la referida estructura; con reposición de los elementos afectados a su estado anterior.
Entendemos las necesidades de nuestros clientes y que no son todas iguales, por eso atendemos nuestros casos de manera individualizada, con mimo, rapidez y a un precio para todos, no sólo en el ámbito legal, sino también en el de los servicios profesionales, para que no se tengan que preocupar de nada.
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Somos un despacho de abogados especialistas en servicios de Derecho Urbanístico, Comunidades de vecinos y…
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