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ToggleLa compra de una vivienda es uno de los momentos más importantes en la vida de cualquier persona. Y no solamente por la gran inversión económica que supone, sino también porque en la mayor parte de los casos condiciona la economía familias durante muchos años. Por este motivo, es fundamental que la decisión se tome con plenas garantías. Es importante que el comprador se informe y se asesore correctamente antes de firmar cualquier documento.
Por lo general, cuando se trata de una vivienda de segunda mano, es muy probable que se haya realizado previamente la reserva de la vivienda, por lo que las condiciones principales estarán ya pactadas antes de la firma del contrato. Aunque es el momento de la firma cuando realmente se cierra el acuerdo. Entre la reserva y la firma del contrato, el comprador debe asegurarse de llevar a cabo una serie de medidas cautelares para garantizar sus derechos. A continuación te explicamos con todo detalle cuáles son los derechos del comprador de un inmueble:
El derecho de información aparece recogido en el Real Decreto de 21 de abril de 1.989 sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas, lo que impone a los promotores y vendedores de vivienda a informar obligatoriamente sobre el nombre del vendedor, el plano general de la ubicación de la vivienda, la descripción de la misma, los materiales usados en su construcción, las indicaciones sobre su utilización y conservación, los datos de inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad, la licencia de obras, los estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad, el pago de los tributos que graven la propiedad, las condiciones generales del contrato, la fecha de entrega, el nombre del arquitecto si es de primera transmisión y el precio total.
En las operaciones de compraventa el comprador tiene derecho a escoger el notario con el que desea firmar la escritura. No obstante, no puede tratarse de una decisión arbitraria y no puede obligarse al vendedor a desplazarse de manera injustificada. Esto quiere decir que el notario debe estar ubicado en la propia localidad de la vivienda o en cualquiera de las ciudades donde el comprador y el vendedor tengan su domicilio. Debes saber que la imposición del notario por parte del promotor inmobiliario es ilegal y que cualquier cláusula de este tipo que se incluya en el contrato es ilegal.
La Escritura Pública ante notario supone una garantía fundamental para el comprador porque prueba la propia existencia del contrato de compraventa y lo pactado por ambas partes en juicio, porque implica un control del notario sobre todas las cuestiones relacionadas con la vivienda, disminuyendo los riesgos y las posibles ilegalidades para el comprador, porque goza de presunción de legalidad y únicamente puede ser destruida por una sentencia judicial y porque el notario es el que se ocupa normalmente de los trámites administrativos necesarios que deben realizarse con posterioridad.
Por su parte, la inscripción en el Registro de la Propiedad garantiza la adquisición de la vivienda frente a terceros, lo que quiere decir que el comprador no se verá afectado por cargas o problemas jurídicos que aparezcan en el Registro de la Propiedad en el momento de inscribir al comprador en la vivienda que está adquiriendo a su nombre.
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