Abogados de desahucios en Boiro
En el contexto…
¿Sabías que el alquiler es la primera causa de desahucio en España? Dos de cada tres de los procesos de desalojo que se producen en nuestro país está relacionado con el impago del alquiler. Por eso, es natural que muchos arrendadores tengan miedo de que el inquilino no quiera o no pueda irse pero no le pague la renta mensual.
La cuestión es que, para poder echar a un inquilino que no paga, no existen soluciones milagrosas, sino que deben seguirse los procedimiento legales establecidos por Ley. Aunque, antes de nada, es conveniente hablar con él para averiguar si se trata de un mero retraso por alguna circunstancia puntual y valorar si es posible que vuelva a repetirse la situación.
Si se trata de un inquilino responsable que siempre ha cumplido con sus obligaciones desde que comenzó el contrato y, de manera puntual, ha tenido un problema económico temporal, lo más recomendable es esperar un tiempo prudencial para ver si la situación se soluciona. Algo muy a tener en cuenta especialmente en aquellos casos en los que el inquilino sea formal y sepamos que nos tiene cuidada la vivienda. Sobre todo si lleva ya varios años con el alquiler.
Incluso podemos sopesar la posibilidad de hacerle una rebaja durante un periodo concreto de tiempo, especificando por escrito, de manera que el pago le resulte más llevadero. Ten presente que en estos casos es preferible reducir algo este ingreso que la incertidumbre de un nuevo inquilino que tampoco sabemos cómo nos va a resultar.
Si no se trata de un retraso puntual y sabemos que el inquilino va a seguir sin pagar, es recomendable enviar un burofax con certificado de texto y acuse de recibo para darle un plazo para que se ponga al corriente de pago y anunciarle de las acciones judiciales que se tomarán en caso de que la situación continúe.
La idea es abrir una vía de negociación en la que la finalidad principal es que el inquilino abandone la vivienda por voluntad propia, de modo que no tengamos que acudir a los tribunales. Eso sí, puede que, para lograrlo, tengamos que condonar total o parcialmente la deuda.
La legislación actual no exige al arrendador enviar un burofax para reclamar el impago del alquiler al inquilino, pero sí es recomendable hacerlo cuando se cree que es bastante probable que la situación termine en una demanda de desahucio y se quiera evitar la enervación del arrendatario.
Cuando se pone una demanda de desahucio al inquilino por impago del alquiler, este tiene el derecho de enervar, es decir, que el inquilino puede pagar cuando le llegue la demanda y continuar en la vivienda. Eso sí, solamente puede enervarse una vez, por lo que en caso de un segundo impago, la demanda de desahucio ya sería definitiva y el inquilino quedaría obligado además a pagar las costas del juicio.
La cuestión es que si enviamos un burofax, el inquilino tendrá 30 días de plazo para pagar la deuda. Transcurrido este tiempo, ya no podrá enervar y el juez desahuciará al inquilino en el primer proceso, sin necesidad de que se ponga una segunda demanda. Lo que tienes que tener en cuenta es que no podremos poner la demanda hasta que hayan transcurrido dos meses desde el envío.
Aunque un burofax puede ser escrito por cualquier persona, la mayor parte de las veces que se manda un burofax se esperan acciones legales. Así pues, el burofax se convierte en una prueba ante un posible juicio posterior. Si has recibido asesoramiento de un abogado que sabe cómo redactarlo, podrás quedarte tranquilo de que es correcto y de que podrá ser usado como prueba en un juicio. Además, hay que añadir que si el burofax está escrito por un abogado, el poder de intimidación es mucho mayor, lo que transmite al remitente la seriedad del asunto a tratar y lo disuade de hacer caso omiso al comunicado.
En el mejor de los casos, el inquilino se dará cuenta de que no le compensa enfrentarse a una demanda de desahucio. Además, si sigues todos los pasos con tranquilidad, tendrás más posibilidades de éxito, aunque el proceso pueda llegar a ser en algunos casos agotador y muy frustrante. En cambio, si te dejas llevar por el ímpetu y amenazas al inquilino o invades la vivienda, perderás la razón y podría ser el inquilino el que termine denunciándote a ti.
En nuestra empresa contamos con un equipo de abogados con una gran formación en la legalidad y la administración de comunidades de propietarios que os ofrecerán ayuda para facilitar la dirección de la comunidad para conservar el edificio mediante las medidas adecuadas para el apropiado mantenimiento y la…
Esta semana ya nos han solicitado 45 presupuestos de casos legales
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