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Plazo impugnación acuerdos comunidad de propietarios: el artículo 18 de la LPH recoge que los propietarios tienen derecho a reclamar en la junta de propietarios en aquellas ocasiones en las que no están conformes con alguna cuestión que se haya acordado y llevar a cabo la impugnación de los acuerdos o actas de la comunidad de vecinos teniendo en cuenta tres causas existentes: cuando contradigan la ley o a los estatutos de la comunidad, cuando resulten nocivos para los intereses de la comunidad pero favorables a uno o varios propietarios y cuando afecten a algún propietario que no esté obligado legalmente a soportarlo o que se hayan acordado con abuso de derecho.
Por otra parte, si a la hora de convocar o, en su caso, celebrar la Junta de Propietarios, la Comunidad ha podido contravenir lo dispuesto en la LPH (referencia de la convocatoria en el plazo oficialmente fijado, citación de todos los comuneros, celebración en tiempo y forma), es posible que deba solicitarse la nulidad de la Junta por completo. Con el objetivo de que un Juez, en caso de estimarlo oportuno, declare inválida la controvertida Junta de Propietarios; esto es, como si jamás se hubiese celebrado.
Si no estás satisfecho con alguna de las decisiones que se han acordado en una junta de propietarios por cualquiera de los motivos que hemos expresado, puedes efctuar todo el proceso con la recomendación y el apoyo de Vecindia. Somos un gran equipo de abogados especializados en la Ley de Propiedad Horizontal y en comunidades de propietarios. Profesionales con una amplia formación y una trayectoria de más de 10 años enfocados en este tipo de cuestiones, lo que siempre es garantía de éxito.
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Plazo impugnación acuerdos comunidad de propietarios
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Pedro Corvo Urbano
- AbogadoC/ Guzmán el Bueno, 133 – 4º Dcha. Edificio Britannia 28003 Madrid910 35 30 34E-Mail -
Isabel Alonso Orbea
- Asesora legalC/ Guzmán el Bueno, 133 – 4º Dcha. Edificio Britannia 28003 Madrid910 35 30 34E-Mail -
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Aixa Jiménez
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Casos de éxito
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Plazo impugnación acuerdos comunidad de propietarios: más de 10 años de experiencia en proyectos de asesoría legal y jurídica en impugnación de acuerdos de comunidades de propietarios
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Andaba algo angustiada y gracias a vosotros ahora estoy mas tranquila. En especial a Carolina y José quienes han llevado mi caso con cariño. Muchas gracias.
Plazo impugnación acuerdos comunidad de propietarios: características de nuestra asesoría legal y jurídica
Especialistas en impugnación de acuerdos de comunidades de propietarios
Pudiendo hacerlo los comuneros que, por cualquier causa, no hayan podido asistir a la convocatoria, aquellos que se hayan abstenido en la junta o aquellos que hayan sido privados de la posibilidad de voto de manera ilegal, siempre que estén al al día en los pagos. Todos ellos disponen de un periodo de tres meses, salvo que se trate de acuerdos que contradigan la ley o a los estatutos, en cuyo caso tendrán un año. Si ningún propietario impugna los acuerdos en intervalos de tiempo, el pacto quedará corroborado.
Si en alguna ocasión te ha sido imposible asistir a una reunión y te has informado de los pactos a través de un acta publicada en el tablón de anuncios o por la copia del acta echada en tu buzón, es posible que se hayan adoptado acuerdos que te incumben y con las que no estás satisfecho.
El procedimiento adecuado para la impugnación de acuerdos o actas de una comunidad de vecinos es mediante juicio ordinario siempre que la reivindicación no esté relacionada únicamente con requerimientos de cantidad, en cuyo caso deberá gestionarse a través del proceso que sea oportuno. Se deberá presentar un escrito en el juzgado de primera instancia que competa. Para lo cual hace falta un abogado y un procurador. Se preparará la denuncia en juicio declarativo ordinario, fojando la fecha de la convocatoria de la junta de vecinos, detallando los sucesos y agregando evidencias de que se es propietario de la comunidad mediante una copia de la nota simple de registro. Todo ello tendrá que ir firmado por el abogado y por el procurador.
Las comunidades de propietarios acostumbran a plantear problemas de funcionamiento ligados a disputas de intereses entre los diferentes comuneros. Dificultades que pueden tener que ver con la aplicación o lectura de lo que hay reflejado en la Ley de Propiedad Horizontal, como la decisión de afrontar una derrama, dudas sobre los estatutos, la ejecución de obras o rehabilitaciones en el bloques, el reparto de los gastos ordinarios, el requerimiento de un proceso monitorio, las desigualdades de criterios en la relación de las cuentas anuales, las modificaciones en la gestión y muchos más.
Podemos ayudarte con cualquier controversia que tenga que ver con desavenencias entre los comuneros de una finca. Tanto si eres tú el que desea llevar a cabo la impugnación de los acuerdos y actas de la comunidad de propietarios como si eres parte demandada y encargamos de todo para que puedas quedarte tranquilo y ahorrarte mucho tiempo en gestiones. De este modo, podrás resolver el problema lo antes posible y evitar que se extienda en el tiempo, creando tiranteces y mal ambiente entre los comuneros.
¿Necesitas un abogado para impugnar un acuerdo o un acta? ¿Tienes alguna duda sobre tus derechos y obligaciones en la comunidad? ¿Tienes una disputa con algún propietario y prefieres iniciar una solución amistosa que terminar yendo a juicio? Contacta con nuestro equipo y te ayudaremos a solucionarlo.
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