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ToggleComo ya sabrás, para poder alquilar una vivienda con fines turísticos, es necesario cumplir con los requisitos que establece la legalidad vigente. El nuevo decreto exige una licencia de primera ocupación para viviendas turísticas o documento equivalente. También conocida como «Cédula de Habitabilidad», es un documento que emiten los Ayuntamientos una vez que se ha certificado la finalización de una nueva construcción, y que permite que la vivienda pueda ser habitada y que puedan contratarse los suministros de agua y electricidad, es decir, las condiciones indispensables para ser destinada a uso residencial. De lo contrario, la vivienda puede ser cerrada y clausurada.
Básicamente, consiste en un «visto bueno» a la vivienda, que se concede después de confirmar la concordancia entre el proyecto al que se concedió la licencia de obra en su día y lo realmente ejecutado. En caso de que haya discrepancias menores, y previa justificación técnica, la licencia también se terminaría concediendo.
En la actualidad, un 40% de las viviendas vacacionales que se anuncian ya cuentan con su licencia turística y un 35% se encuentra a la espera por parte de la Administración, pero un 14% aún no han solicitado siquiera la licencia por no contar con Licencia de Primera Ocupación, obligatoria para poder presentar la solicitud de registro como vivienda turística. A excepción de las casas que se encuentren en un municipio de 20.000 habitantes y que no estén situadas en el casco urbano, ya que éstas solamente necesitan darse de alta como Vivienda Turística de Alojamiento Rural o Casa Rural.
La importancia de la licencia de primera ocupación para viviendas turísticas varía en función de la situación en la que nos encontremos. Y es que no es lo mismo un chalet construido a las afueras de la ciudad que todavía cuenta con los suministros de electricidad y agua «de obra», y donde podemos tener dudas de que se haya construido más de lo permitido, que un apartamento en un edificio de hace 20 años ubicado en el centro de la ciudad.
Así pues, todo depende de la tipología, la antigüedad y la ubicación de la construcción. Por eso, en caso de dudas, es importante informarse en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento del municipio para conseguir al menos un certificado donde conste que no existe ningún expediente disciplinario abierto contra la construcción.
En caso de que la propiedad no cuente con la licencia de primera ocupación y tengamos la intención de alquilarla como vivienda turística, es necesario iniciar los trámites para obtenerla lo antes posible. Pero también si queremos venderla a un inversor, ya que de esta manera será más fácil cerrar la operación.
La normativa exige que este documento se adjunte una vez se haya llevado a cabo la inspección. El inspector o personal de la Administración de la comunidad autónoma correspondiente se pondrá en contacto con los propietarios para solicitar la documentación.
Para obtener la Licencia de primera ocupación, solamente tienes que solicitarlo al Ayuntamiento del municipio donde está ubicada la vivienda, que debe proporcionar una copia siempre y cuando el propietario o una persona autorizada acudan a la Administración. Si la vivienda es posterior al año 1979, el Ayuntamiento deberá tener la licencia en su registro. En este caso, tendrás que pedir la copia en el registro.
El problema aparece cuando el Ayuntamiento no cuenta con una copia porque en el momento en el que se llevó a cabo la construcción no era necesario que el constructor presentara este documento en la Administración. En este caso, tendrás que contactar con un técnico que se ocupe de elaborar el documento.
En cualquier caso, cada Ayuntamiento es el encargado de disponer del procedimiento que considere oportuno para conseguir la licencia de primera ocupación. Pero, aunque el trámite pueda ser distinto, el art. 13 establece que la solicitud debe apoyarse siempre sobre un documento descriptivo y gráfico que verifique el estado de conservación de la vivienda y de sus instalaciones. Los pasos para obtenerla son los siguientes:
Esta semana ya nos han solicitado 45 presupuestos de casos legales
Y ya hemos resuelto 35 casos por la vía extra judicial y judicial