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ToggleSentencia del IRPH: el índice IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es la media simple de los tipos de interés medios ponderados de las transacciones de préstamo con garantía hipotecaria para la compra de vivienda libre en el plazo igual o superior a los tres años.
En la actualidad, existen en España alrededor de un millón de afectados a los que se les incluyó dicho índice en sus hipotecas bajo la justificación engañosa de que se trataba de indicador menos volátil y más estable que el Euribor, pero la realidad es que terminaron pagando más que si se hubiera usado el Euribor como índice de referencia.
A diferencia de lo que ha sucedido con el Euribor, los bancos han podido influir en el resultado de este índice, por lo que han ido aumentando. Esto explica que el tipo del IRPH siempre haya estado por encima del Euribor y, por tanto, las cuotas mensuales de la hipoteca también. Para que te hagas una idea, se calcula que los afectados han pagado de media más de 100 euros mensuales que aquellos que tenían una hipoteca en la que figura el Euribor.
Pero, tras la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de la Unión Europea, se ha dado la razón a los afectados por los abusos de la banca, abriendo así la puerta a numerosas reclamaciones ante los juzgados.
Este organismo ha declarado que las cláusulas con referencia al IRPH son abusivas cuando no hayan sido negociadas individualmente y sean contrarias a la buena fe, provocando un desequilibrio entre los derechos y las obligaciones del banco y del consumidor, en perjuicio del segundo. Con lo cual, la mera circunstancia de que una cláusula no se encuentre redactada de forma clara y comprensible “no le confiere, por sí sola, carácter abusivo», enfatiza la justicia europea.
Tras su declaración de nulidad, el IRPH se ha sustituido por el Euribor, pudiendo reclamarse el dinero de más por la aplicación del índice anterior. Ascendiendo dicha reclamación a 20.000 euros de media por cada persona afectada. No obstante, es necesario estudiar caso por caso.
Si eres uno de los miles de afectados por el IRPH, lo primero que tienes que hacer es ponerte en contacto con un abogado experto en el tema para que te oriente al respecto. En ningún caso deberías aceptar ningún acuerdo ofrecido por tu banco sin estudiar su contenido detenidamente.
Después de la experiencia sufrida con las cláusulas suelo, estamos seguros de que la banca va a intentar que los afectados acepten un acuerdo extrajudicial para no devolver las cantidades y darles un importe inferior a lo que realmente les correspondería.
Es cierto que no es obligatorio contar con un profesional que tramite la reclamación, pero sí resulta muy aconsejable. Dicha reclamación debe incluir una serie de datos indispensables y redactarse de forma individualizada para que el procedimiento judicial posterior sea viable. Por eso, es preferible evitar los formularios descargados directamente de Internet.
Pero además, hay que tener en cuenta que los bancos reaccionan de manera distinta cuando la reclamación cuenta con el rigor técnico que le aporta un especialista en el tema. Y, para interponer la demanda, siempre es necesario contar con un abogado, ya que así lo determinan las leyes españolas.
El procedimiento de reclamación del IRPH es muy parecido al que se usa para el resto de cláusulas bancarias abusivas, como los gastos de formalización, las cláusulas suelo o las multidivisa. A continuación te explicamos cuáles son los pasos a seguir para ello:
En definitiva, si firmaste una hipoteca en la que se fijó el tipo de interés de conformidad con el índice IRPH, en Vecindia te recomendamos ponerte en contacto con nosotros para que podamos asesorarte al respecto y tramitar la reclamación pertinente para recuperar el dinero que has pagado de manera indebida.
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