Cuánto cuesta un contrato de compraventa de una casa
El contrato de compraventa de una vivienda es…
Lavadoras a altas horas de la noche que terminan a la 1 h de la madrugada, pisos en los que el volumen es excesivo porque los propietarios se creen que están en el cine, perros que ladran cuando el dueño se marcha, vecinos con las ventajas abiertas que hablan demasiado alto, universitarios que no paran de organizar fiestas, gente que toca instrumentos musicales a cualquier hora por la noche o en la hora de la siesta… ¿Te resulta familiar?
La legislación estatal solamente es aplicable en este sentido a actividades comerciales, servicios, industriales, puertos, aeropuertos o ferrocarriles, pero no al ruido doméstico. Con lo cual, los ruidos que generan los vecinos dentro de un edificio quedan fuera del alcance estatal. Son las comunidades autónomas y los ayuntamientos los que se ocupan de regular el ruido dentro de su territorio, especialmente en lo que tiene que ver con comportamientos vecinales. Para ello, hay aprobadas determinadas ordenanzas y normativas de ruidos en comunidades de vecinos que se adaptan a la legislación nacional y la complementan.
El Real Decreto 1367/2007 desarrolla la Ley del Ruido definiendo unos criterios básicos a los cuales han de adaptarse las normativas locales, pudiendo los organismos locales ser más restrictivos pero nunca menos. En ella se establece que el horario nocturno va desde las 23.00 a las 7.00. Siendo de una hora más por cada extremo cuando se trata de festivos. De día el ruido no puede ser superior a los 40 dB y de noche no pasar de los 30 db, lo que equivale al ambiente de una biblioteca. En cualquier caso, la normativa de ruidos en comunidades de vecinos establece que ya no es necesario que se superen los niveles de ruido permitidos para demandar a un vecino por esta cuestión.
Si algún vecino molesto está enturbiando tu descanso, lo primero que deberías hacer es intentar hablar directamente con él o con el Presidente de la Comunidad para que medie entre ambas partes. Si el vecino persiste en su actitud, antes de ir a juicio, siempre existe la posibilidad de llamar a la policía para que realice las mediciones y compruebe los horarios. Pruebas que será positivo tener para un posible juicio posterior.
El siguiente paso si el problema no cesa es tomar medidas judiciales. Lo importante es actuar cuanto antes, ya que el juez entenderá que si no lo has hecho en mucho tiempo es que la molestia no es tan grave. En este caso necesitarás un abogado experto en ruido que cuenta con conocimientos especializados en este tipo de casos. Un proceso del que el vecino ruidoso deberá ser informado mediante burofax.
Para iniciar este proceso, puedes convocar una Junta de Propietarios para conseguir el apoyo del resto de vecinos, lo cual será mucho más sencillo si hay varios vecinos afectados. Si se acuerda por mayoría iniciar los trámites legales, la Ley de Propiedad Horizontal establece que el Presidente pueda requerir al vecino causante del ruido que corrija las actividades en un breve periodo de tiempo. De no ser así, podrá convocarse una nueva Junta para acudir a los tribunales. La comunidad demandará en su conjunto, pudiendo exigir una indemnización por los daños y prejuicios producidos, y privar al vecino del uso de la vivienda durante un periodo no superior a 3 años.
En el caso de que la comunidad de propietarios no quiera implicarse, puede hacerse a título individual. Algo que puede ocurrir cuando los ruidos solamente afectan a un vecino o, incluso a varios, pero la comunidad se desentiende del problema. En este caso, la acción jurídica a seguir se regula en el artículo 1902 del Código Civil. Se solicitará el cese de ruidos, la indemnización de los daños y los prejuicios causados.
El contrato de compraventa de una vivienda es…
Esta semana ya nos han solicitado 45 presupuestos de casos legales
Y ya hemos resuelto 35 casos por la vía extra judicial y judicial