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ToggleMemoria de cambio de uso de local a vivienda: del mismo modo que sucede con cualquier proyecto o reforma, cuando se trata de hacer un cambio de uso de local a vivienda, debemos realizar una serie de procedimientos antes de lanzarnos a la aventura.
La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) establece cuáles son las obras que precisan obligatoriamente de un proyecto. Son las que se conocen como “Obras de Edificación”, entre las que se encuentran las intervenciones en edificios existentes que alteren su configuración arquitectónica, es decir, aquellas obras en las que se lleve a cabo una variación sustancial de la composición general exterior, el conjunto del sistema estructural o la volumetría, o aquellas que tengan como finalidad cambiar el uso característico del inmueble. Obras que, normalmente, se tramitan mediante licencia en los ayuntamientos y que son calificadas como “obras mayores”.
Así pues, ese local que queremos convertir en vivienda debe contar con una justificación de cambio de uso, firmado por un arquitecto técnico que haya dirigido el proyecto de adaptación para que lo que antes era un local comercial tenga un uso habitable y estemos en condiciones de solicitar la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, de la misma forma que lo haríamos con una vivienda recién construida.
El proyecto técnico es un proyecto de menor entidad que el proyecto de edificación, elaborado para llevar a cabo obras ordinarias que no cumplen con los parámetros de la LOE como para ser consideradas Obras de Edificación. Suele requerirse para construcciones de escasa entidad, como las intervenciones parciales sobre los edificios para cambios de uso de local a vivienda.
Implica una Dirección de Obra, pero generalmente es llevada a cabo por una misma figura, el director de obra. Según la LOE, EL proyecto no tiene por qué estar visado, aunque hay que tener en cuenta que algunos ayuntamiento pueden pedir que lo esté. En estos casos pueden ocurrir dos cosas: o bien que se refieran a un Proyecto de Edificación según la LOE; o bien que no importe el tipo de proyecto que se presente siempre que exista un documento reglado y visado con la justificación de toda la normativa necesaria, coordinación de seguridad y salud, y una dirección de obra que asegure que la obra que va a llevarse a cabo va a realizarse tal y como se establece en el proyecto.
El proyecto técnico tiene por objetivo avalar la obra destinada al cambio de uso, lo que incluye una memoria descriptiva, otra constructiva, el desglose del presupuesto de la ejecución, los planos de la obra y un estudio sobre la gestión de residuos. Necesario para obtener la licencia de obras. Debido a que no es una obra de reforma en la que sea necesario alterar la estructura del inmueble, el proyecto puede ser realizado por un técnico cualificado.
Generalmente, este tipo de actuaciones con consideradas como obra nueva y tienen que ser tratadas como tal, por lo que deben cumplir con el CTE y el proyecto deberá desarrollar los siguientes puntos:
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