En el año 2011, tras no haber procedido la Comunidad con la urgente reparación del tejado del edificio debido a su mal estado de conservación, el Ayuntamiento de Madrid, concretamente la Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación, llevó a cabo diversas ejecuciones subsidiarias por procedimiento de emergencia, a consecuencia del riesgo que suponía no subsanar las deficiencia existentes en la mencionada zona común.
Debido a lo anterior, la Comunidad resultaba obligada a hacer frente a la deuda que se había generado a raíz de la realización de las oportunas reparaciones, y repartirla conforme al criterio de reparto establecido en su momento.